Renta 2015: ¿Qué seguros puedo deducir?

Dpto. Producción en Aimer
Licenciado en Economía por la Universidade de A Coruña
Máster en Dirección de Proyectos y Organización Empresarial por el IFFE Business School

En nuestro anterior post (pincha aquí) ya te hemos hablado sobre las novedades que trae consigo la campaña de la Renta 2015. Hoy queremos profundizar en cómo determinados seguros pueden ayudarte a aligerar la base imponible de tu declaración.

Como vamos a ver, los seguros de hogar y vida vinculados a tu hipoteca te permiten desgravar un porcentaje de la base imponible del IRPF a través de la deducción por adquisición de vivienda habitual. Aunque con matices, porque las viviendas adquiridas antes del 1 de enero de 2013 pueden seguir deduciéndose en la declaración de la renta, no así las adquiridas con posterioridad a esa fecha. Tal y como explicamos en nuestro anterior post, en caso de poder aplicar la deducción por vivienda, esta será de un máximo del 15% de las cantidades destinadas a la compra hasta un límite de 9.040 euros. Por tanto, si tu hipoteca conlleva la obligatoriedad de contratar un seguro de hogar o de vida, y así lo recoge el contrato firmado con tu entidad financiera, las primas pagadas puedes añadírselas a la cuota de la hipoteca para calcular tu base de deducción.

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Impuesto sobre la Renta 2015: Novedades y principales deducciones

Responsable Área Asesoría en Aimer
Diplomado en CC Empresariales por la Universidad de Santiago de Compostela. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Santiago de Compostela. Máster en Fiscalidad y Tributación por el Colegio de Economistas de A Coruña. Curso en Gestión Económica para Mediadores de Seguros por el Instituto Atlántico del Seguro (INADE).

¡No te asustes! que esto pasa todos los años. El próximo día 6 de abril arranca la nueva campaña de la renta y llega con algunas novedades. Entre ellas, la posibilidad de presentar la declaración exclusivamente por medios telemáticos, ya que este año la AEAT ha puesto en marcha un nuevo sistema denominado Renta Web que ofrece a la mayoría de los contribuyentes (excepto aquellos que obtengan rentas procedentes de actividades económicas) la posibilidad de acceder directamente al servidor de la Agencia Tributaria y añadir cualquier dato o renta, de manera que puedes tramitar fácilmente tu borrador/declaración.

También a partir de esta fecha podrás obtener el número de referencia (que este año será la casilla 490 de la declaración de la renta 2014) o descargar el programa Padre.

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Sociedades Civiles: Nueva tributación a partir de 2016

Responsable Área Asesoría en Aimer
Diplomado en CC Empresariales por la Universidad de Santiago de Compostela. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Santiago de Compostela. Máster en Fiscalidad y Tributación por el Colegio de Economistas de A Coruña. Curso en Gestión Económica para Mediadores de Seguros por el Instituto Atlántico del Seguro (INADE).

En España existen diferentes tipos de sociedades a través de las cuales poder desarrollar un negocio, entre las que destacan las sociedades civiles. Éstas se han visto especialmente afectadas por las últimas novedades fiscales, en el sentido en que hasta finales de 2015 el resultado obtenido por ellas tributaba en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los socios en función a su porcentaje de participación, mientras que a partir de 2016 pasan a tributar en el Impuesto sobre Sociedades, como si fuesen una sociedad mercantil (sociedad anónima, sociedad limitada). Aunque este cambio normativo reduce considerablemente el atractivo de este tipo de sociedades, cabe destacar que no afecta a todas ellas, como veremos a continuación.

Tras la última reforma fiscal en España, las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil tributarán como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016.Read more