¿Te ha tocado ser miembro de una mesa electoral? Te explicamos como librarte

Dpto. Producción en Aimer
Licenciado en Economía por la Universidade de A Coruña
Máster en Dirección de Proyectos y Organización Empresarial por el IFFE Business School

Te encuentras tranquilamente en tu casa cuando el cartero llama al timbre y ¡sorpresa! Eres uno de los miles de elegidos para formar parte de una mesa electoral. Ya seas suplente o titular, lo que está claro es que el 26 de Junio vas a ser uno de los españoles más madrugadores, para en el mejor de los casos, volver a tu casa una vez constituida la mesa, y de lo contrario entregarte en cuerpo y alma a la identificación de los votantes, recuento de papeletas, levantamiento acta…y todas esas funciones que a la mayoría de nosotros no nos apetece hacer un domingo. Todo ello por una compensación económica de 63.4 euros y una reducción de 5 horas en la jornada laboral siguiente, asimismo, si el día de las elecciones tenías que acudir a tu puesto de trabajo, tienes derecho a un permiso retribuido durante todo el día.

¿Como librarme?

La ley es muy estricta sobre el cumplimiento de este deber, y no es fácil librarse. Sin embargo, contempla algunas alegaciones en este sentido. Vamos a verlas…

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Sociedades Civiles: Nueva tributación a partir de 2016

Responsable Área Asesoría en Aimer
Diplomado en CC Empresariales por la Universidad de Santiago de Compostela. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Santiago de Compostela. Máster en Fiscalidad y Tributación por el Colegio de Economistas de A Coruña. Curso en Gestión Económica para Mediadores de Seguros por el Instituto Atlántico del Seguro (INADE).

En España existen diferentes tipos de sociedades a través de las cuales poder desarrollar un negocio, entre las que destacan las sociedades civiles. Éstas se han visto especialmente afectadas por las últimas novedades fiscales, en el sentido en que hasta finales de 2015 el resultado obtenido por ellas tributaba en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los socios en función a su porcentaje de participación, mientras que a partir de 2016 pasan a tributar en el Impuesto sobre Sociedades, como si fuesen una sociedad mercantil (sociedad anónima, sociedad limitada). Aunque este cambio normativo reduce considerablemente el atractivo de este tipo de sociedades, cabe destacar que no afecta a todas ellas, como veremos a continuación.

Tras la última reforma fiscal en España, las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil tributarán como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016.Read more