Desde hoy todos los vehículos estarán cubiertos contra riesgos extraordinarios

Responsable Área Particulares en Aimer
Curso superior en mediación de seguros (Tipo A) por el Colegio de Mediadores de Seguros de La Coruña.

Hasta ahora, para que un vehículo se encontrase asegurado contra riesgos extraordinarios era imprescindible que tuviese contratada alguna cobertura adicional de daños propios, ya fuese lunas, robo, incendio, pérdida total, etc. De forma que en el importe de la prima del seguro se incluía un recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Por lo tanto, si sólo tenías asegurado tu vehículo con el seguro obligatorio de responsabilidad civil, no tenías esta cobertura.

A partir de hoy, 1 de Julio, todos los vehículos que se aseguren tendrán cobertura ante los riesgos extraordinarios, incluidos los que sólo estén asegurados con el seguro obligatorio de responsabilidad civil.

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¿Cómo rellenar un parte amistoso de accidente?

Responsable Área Particulares en Aimer
Curso superior en mediación de seguros (Tipo A) por el Colegio de Mediadores de Seguros de La Coruña.

Puede que nunca te hayas visto en la situación de tener que cubrir un parte amistoso de accidente y te preguntes como hacerlo, o que sí te hayas visto en esa situación y tengas dudas. Sea cual sea tu caso, vamos a explicarte qué es y cómo se rellena una declaración amistosa, ya que hacerlo correctamente te evitará problemas.

El parte amistoso, o la Declaración Amistosa de Accidente de Automóvil, es un documento tipo utilizado en la mayor parte de Europa que sirve a las compañías aseguradoras para recopilar sistemática y ordenadamente los datos de los accidentes de sus asegurados. El objetivo de este escrito es facilitar al asegurado los trámites de declaración del accidente, así como hacer más sencillo a las aseguradoras los diferentes trámites que deben realizar tras el incidente.

Por tanto, y en tu propio beneficio, es fundamental cumplimentar adecuadamente el parte amistoso de accidente de coche. Además, te explicaremos en que consiste iDEA, una aplicación para teléfonos móviles desarrollada para hacerte más sencillo y rápido todo el proceso.

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Colisión con animales: ¿Me cubre el seguro? ¿Qué hago en caso de atropello?

Responsable Área Particulares en Aimer
Curso superior en mediación de seguros (Tipo A) por el Colegio de Mediadores de Seguros de La Coruña.

Cada año se producen entre 15.000 y 20.000 accidentes por atropellos de especies animales domésticas, de granja o cinegéticas en las vías de circulación españolas, y en Galicia se registran el 20% de estos siniestros. Solo en 2014 se han producido 987 accidentes de este tipo en nuestra comunidad, una media de 3 al día, de los cuales el 62% son ocasionados por animales cinegéticos y el 38% por animales domésticos, con especial incidencia en el jabalí, que se encuentra al principio de la lista de especies con un 33% de implicación en accidentes de este tipo.

Puede que en este punto te estés preguntando ¿Mi seguro de automóvil me cubre en caso de siniestro? Si es así, ¿tengo que pagar una franquicia? ¿Qué debo hacer si un animal decide cruzarse en mi camino (o yo en el suyo)? Pues bien, vamos a intentar resolver tus dudas en las siguientes líneas, aunque antes vamos a aclarar un concepto que puede que también te esté generando dudas…Read more

Nuevo Baremo de lesiones en accidentes de circulación

Responsable Dpto. Siniestros en Aimer
Licenciada en Derecho por la Universidad de A Coruña.
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Mucho se ha hablado en los últimos meses en referencia a la entrada en vigor el 1 de Enero de este año de la Ley 35/2015 de 22 de Septiembre por la cual se regula el nuevo Baremo de lesiones en accidentes de circulación, el cual pretende un justo resarcimiento de los perjuicios sufridos por las víctimas y sus familias como consecuencia de un siniestro.

Con el anterior sistema de valoración no se indemnizaban en su «totalidad» las lesiones derivadas del accidente, especialmente porque no se concretaban las circunstancias especiales de cada caso. El objetivo del nuevo baremo es conseguir que las indemnizaciones se correspondan mejor con la situación de la víctima, incorporando en el cálculo circunstancias personales, familiares, laborales o profesionales de los perjudicados, así como armonizar las cuantías con las directivas comunitarias.Read more

Sociedades Civiles: Nueva tributación a partir de 2016

Responsable Área Asesoría en Aimer
Diplomado en CC Empresariales por la Universidad de Santiago de Compostela. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Santiago de Compostela. Máster en Fiscalidad y Tributación por el Colegio de Economistas de A Coruña. Curso en Gestión Económica para Mediadores de Seguros por el Instituto Atlántico del Seguro (INADE).

En España existen diferentes tipos de sociedades a través de las cuales poder desarrollar un negocio, entre las que destacan las sociedades civiles. Éstas se han visto especialmente afectadas por las últimas novedades fiscales, en el sentido en que hasta finales de 2015 el resultado obtenido por ellas tributaba en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los socios en función a su porcentaje de participación, mientras que a partir de 2016 pasan a tributar en el Impuesto sobre Sociedades, como si fuesen una sociedad mercantil (sociedad anónima, sociedad limitada). Aunque este cambio normativo reduce considerablemente el atractivo de este tipo de sociedades, cabe destacar que no afecta a todas ellas, como veremos a continuación.

Tras la última reforma fiscal en España, las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil tributarán como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016.Read more